Edad de consentimiento sexual en Cuba: la ley, las contradicciones oficiales y el riesgo para menores

Reducir a 12 años la edad de consentimiento aumenta la vulnerabilidad de niñas, niños y adolescentes frente a los abusos y la explotación sexual.

| Observatorio | 12/08/2025
Adolescentes cubanos. Foto: Juventud Rebelde
Adolescentes cubanos. Foto: Juventud Rebelde

La edad de consentimiento sexual es mucho más que un número en un código penal: marca el umbral a partir del cual el Estado considera que una persona está en condiciones de aceptar, de manera libre e informada, mantener relaciones sexuales. Ese límite busca, en teoría, proteger a niños y adolescentes de abusos, explotación y de las consecuencias físicas y psicológicas de una vida sexual temprana.

En Cuba, la disparidad entre la letra de la ley, el discurso oficial y la evidencia internacional ha puesto sobre la mesa un debate urgente: ¿están realmente protegidas las niñas, niños y adolescentes en el país frente a los abusos y la explotación sexual?

Edad mínima para el consentimiento sexual en Cuba: ley actual y desinformación oficial

La actual legislación penal cubana, aprobada en 2022, introdujo una reforma que pasó casi desapercibida en el debate público: el Código Penal redujo a 12 años la edad mínima para el consentimiento sexual absoluto.

Según el abogado Eloy Viera, en un artículo publicado en El Toque, el Código Penal cubano vigente solo penaliza las relaciones sexuales con menores de 12 años. Textualmente, explica: “El Código Penal cubano vigente solo penaliza de forma absoluta las relaciones sexuales con menores de 12 años. Para adolescentes de entre 12 y 15 años, la sanción dependerá de la existencia de determinadas circunstancias como violencia, intimidación, engaño o abuso de confianza”.

Esto significa que las relaciones sexuales con adolescentes de 12 a 15 años no son consideradas automáticamente delito, a menos que se compruebe coerción, manipulación o alguna relación de poder. Para estos casos, la legislación permite ciertas excepciones, como relaciones consensuales con personas cuya diferencia de edad no supere los cinco años, lo que reduce las sanciones o incluso las elimina en algunos contextos. Esta redacción legal convierte al consentimiento sexual entre un adulto y un menor en este rango de edad en un área gris, altamente dependiente de pruebas difíciles de obtener.

Antes de esta reforma, el umbral estaba en los 14 años, y cualquier relación sexual con menores de esa edad era penalizada de forma categórica. La nueva legislación no solo bajó la edad de consentimiento, sino que lo hizo sin justificación pública, sin consulta especializada ni diálogo con sectores sociales implicados.

En paralelo con lo que establece la ley, el discurso oficial que emiten los medios estatales genera una imagen contradictoria. En un artículo de febrero de 2025, publicado en la sección “Sexo Sentido” del periódico oficialista Juventud Rebelde, se afirma que: “En Cuba, la edad mínima para el consentimiento sexual es de 16 años”.

Esta afirmación ignora completamente la letra del Código Penal. No se menciona en ningún momento que, para adolescentes entre 12 y 15 años, la relación sexual puede ser legal si no hay violencia, intimidación o engaño. El resultado es una distorsión pública de los marcos legales reales, que deja a la población mal informada sobre los derechos y riesgos que enfrentan los menores de edad.

Esta discrepancia no es un detalle menor. Los marcos legales definen no solo los límites de lo permitido, sino también el accionar de instituciones educativas, sanitarias y judiciales. Esta falta de transparencia en la comunicación oficial puede provocar dificultad en la comprensión de la normativa por parte de las familias y los profesionales encargados de su aplicación, como jueces, fiscales y trabajadores sociales. La ambigüedad en la divulgación de la ley puede contribuir a una percepción errónea de las responsabilidades legales. Si el Estado afirma que el límite está en los 16 años, pero legalmente permite relaciones desde los 12, se produce un vacío de protección jurídica real para los menores.

La contradicción entre las fuentes oficiales, como la afirmación de Juventud Rebelde de que la edad de consentimiento es 16 años, y la realidad legal descrita por El Toque, agrava esta problemática. La desinformación puede llevar a que las familias y las víctimas no denuncien casos de abuso, creyendo erróneamente que la ley no las protege. Además, la falta de claridad en la comunicación oficial puede generar desconfianza en el sistema judicial y en las instituciones encargadas de proteger a los menores.

Reducción de la edad de consentimiento en Cuba y comparación con otros países

Organizaciones independientes, como Yo Sí Te Creo en Cuba, han denunciado de manera frontal esta reducción de la edad de consentimiento sexual. Consultadas como expertas para la realización de este artículo, advierten que se trata de un retroceso en las garantías mínimas de la infancia: “La edad de consentimiento sexual en los 12 años desprotege a las niñas y los niños ante el abuso sexual infantil, diferentes formas de abuso sexual digital, las relaciones sexuales y el embarazo temprano, y la explotación sexual infantil, la cual puede ser ejercida de forma velada por parte de familiares”.

Esta declaración pone de manifiesto las múltiples dimensiones en las que una edad de consentimiento tan baja puede tener consecuencias negativas. En primer lugar, la normativa no considera la asimetría de poder en las relaciones entre adolescentes y adultos, especialmente en contextos familiares o comunitarios donde la coerción puede ser sutil pero efectiva.

Además, Yo Sí Te Creo en Cuba señala que “resulta inentendible que Cuba tuviera antes de 2022 una edad de consentimiento sexual en los 14 años y la bajara a los 12 años, cuando se conoce mucho más de las violencias en la infancia”. Este retroceso legislativo es particularmente alarmante en un país donde, según la propia organización, “no se realizan estudios previos para legislar sobre esa base ni se consultan los que ya tienen”. La falta de investigaciones actualizadas y de consultas con expertos en desarrollo infantil y derechos humanos refleja una desconexión entre los legisladores y las realidades que enfrentan las infancias y adolescencias en Cuba.

Edad de iniciación sexual en Cuba. Datos de la Encuesta Nacional de Fecundidad 2022. Imagen: Alas Tensas
Edad de iniciación sexual en Cuba. Datos de la Encuesta Nacional de Fecundidad 2022. Imagen: Alas Tensas

Otro aspecto crítico es la relación entre la baja edad de consentimiento y la alta fecundidad adolescente en el país. Como indica Yo Sí Te Creo en Cuba, “un problema ampliamente estudiado por la institucionalidad es la alta fecundidad adolescente de Cuba, por lo que no se entiende esa edad tan baja de consentimiento sexual”.

Por otra parte, al reducir a 12 años la edad de consentimiento sexual la legislación cubana ignora el esfuerzo internacional por reconocer y proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes. Así lo advierte Yo Sí Te Creo en Cuba:

En el contexto internacional, la tendencia en materia legislativa ha sido precisamente la contraria: numerosos países han elevado la edad de consentimiento sexual para reforzar la protección de niñas, niños y adolescentes frente a diversas formas de violencia y explotación. Organismos como el Comité de los Derechos del Niño de la ONU recomiendan que la edad mínima no sea inferior a los 16 años, con el fin de armonizar las leyes con los estándares de derechos humanos y con la evidencia científica sobre el desarrollo psicosocial. Reducirla a 12 años, como en el caso cubano, no solo se aparta de esa tendencia mundial, sino que coloca al país en un rango similar al de naciones con graves déficits en la protección infantil, debilitando los mecanismos de prevención, atención y sanción del abuso. Esta decisión, lejos de fortalecer las garantías, crea un vacío de protección legal y simbólico, transmitiendo un mensaje social que puede ser interpretado como una normalización de relaciones desiguales y potencialmente abusivas.

La comparación internacional refuerza la gravedad de esta situación. Según la plataforma Age of Consent, la mayoría de los países latinoamericanos fijan la edad de consentimiento sexual entre los 14 y los 16 años.

En Argentina y Colombia, por ejemplo, el límite está en 14 años. En México varía por estado, pero rara vez baja de los 15. En Europa Occidental, como en Alemania, España o Francia, las edades oscilan entre los 14 y los 16. Solo un puñado de países del mundo —con sistemas jurídicos menos desarrollados y escasas políticas de protección infantil— mantiene un límite tan bajo como los 12 años.

Según datos de UNICEF, la tasa de fecundidad adolescente en América Latina y el Caribe es una de las más altas del mundo, y Cuba no es ajena a esta problemática. Permitir relaciones sexuales legales a partir de los 12 años puede contribuir a normalizar el embarazo temprano, lo que tiene consecuencias negativas para la salud, la educación y el desarrollo integral de las adolescentes.

La normativa cubana, al establecer los 12 años como límite, se aleja de los estándares internacionales y de sus recomendaciones. UNICEF, en su informe sobre edades mínimas legales para adolescentes, alerta que establecer límites demasiado bajos puede facilitar la impunidad en casos de abuso sexual y explotación infantil. La organización aboga por armonizar la edad de consentimiento con otros umbrales legales, como la edad para casarse, trabajar o asumir responsabilidades penales.

Consecuencias de la baja edad legal: sexualización infantil, uniones tempranas y embarazo adolescente

La baja edad de consentimiento en Cuba también plantea desafíos en el enfrentamiento a la explotación sexual infantil, un problema que, según Yo Sí Te Creo en Cuba, “puede ser ejercida de forma velada por parte de familiares” y está documentado en los informes nacionales contra la trata de personas. En un contexto donde la explotación sexual puede estar vinculada a redes de trata humana, una edad de consentimiento tan baja limita la capacidad de las autoridades para intervenir en casos de abuso, especialmente cuando las víctimas son adolescentes que, según la ley, podrían haber “consentido” la relación.

Otro aspecto preocupante señalado por Yo Sí Te Creo en Cuba es que la edad de consentimiento de 12 años “naturaliza la sexualización infantil, ya que los 12 años son un límite estándar para procesos individuales que van diferentes en cada persona y familia”. La adolescencia es una etapa de transición en la que los procesos de madurez emocional, cognitiva y física varían significativamente entre individuos. Establecer una edad de consentimiento tan baja ignora estas diferencias y puede contribuir a la normalización de conductas que sexualizan a niñas y niños en etapas tempranas de su desarrollo.

La sexualización infantil tiene consecuencias profundas, no solo en términos de abuso sexual, sino también en la percepción que las propias adolescentes tienen de su cuerpo y su sexualidad. En un país donde la educación sexual integral no siempre está garantizada en todas las regiones y contextos, según lo sugerido por la falta de estudios mencionada por Yo Sí Te Creo en Cuba, la baja edad de consentimiento puede exacerbar la vulnerabilidad de las adolescentes frente a presiones sociales y culturales que promueven relaciones sexuales tempranas.

Los efectos de un marco legal permisivo no se limitan a lo teórico. En Cuba, los datos sobre uniones tempranas y fecundidad adolescente reflejan un patrón estructural. Según la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados (MICS Cuba 2019), el 29.4% de las mujeres entrevistadas se habían casado o unido antes de los 18 años, y el 4.8% antes de los 15.

Estas uniones, en muchos casos informales, consolidan relaciones marcadas por la desigualdad de poder, en las que las adolescentes tienen escaso control sobre su sexualidad, decisiones reproductivas y acceso a servicios de salud.

Fecundidad acumulada en Cuba. Datos de la Encuesta Nacional de Fecundidad 2022. Imagen: Alas Tensas
Fecundidad acumulada en Cuba. Datos de la Encuesta Nacional de Fecundidad 2022. Imagen: Alas Tensas

Por otro lado, el embarazo adolescente sigue en aumento. De acuerdo con un artículo para esta misma revista, “la tendencia al alza de la concepción en la adolescencia se ha venido observando desde 2019, con un incremento constante en los años subsiguientes”. El artículo también señala que el aborto medicamentoso y las regulaciones menstruales en adolescentes han crecido, aunque muchas veces sin registro oficial.

Cifras más actuales, reportadas por el Ministerio de Salud Pública y citadas por Juventud Rebelde en febrero de 2025, revelaban que: “El 82 por ciento de la fecundidad adolescente corresponde al grupo entre 15 y 19 años, mientras el 18 por ciento recae en las menores de 14 años”. Ese 18% de nacimientos en niñas menores de 14 años constituye una cifra alarmante, directamente relacionada con la baja edad de consentimiento legal y con la tolerancia social e institucional hacia uniones o relaciones entre menores y adultos.

Los datos ofrecidos por la Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI) en su Anuario Demográfico de Cuba 2024 confirman la gravedad de la situación: 11962 nacimientos de madres adolescentes, lo que equivale al 16.76% de todos los nacimientos del país en ese año. De ellos, el 64.5% tienen padres adultos y en el 22.9% de los casos no hay datos sobre el padre. Estas cifras confirman no sólo la alta incidencia de embarazos en la adolescencia en Cuba, sino también la vulnerabilidad de las madres.

Desfase legal en Cuba: edades mínimas desiguales y vulneración de las infancias

El marco legal actual en Cuba crea una paradoja difícil de justificar: mientras el Estado afirma luchar contra la explotación infantil y reconoce el embarazo adolescente como un problema de salud pública, mantiene una legislación que permite relaciones sexuales con niñas y niños de 12 años sin que necesariamente exista sanción penal.

La contradicción se agrava al observar que este límite no se armoniza con otras edades legales. En Cuba: La mayoría de edad civil se alcanza a los 18 años. El Código de las Familias vigente en Cuba desde septiembre de 2022 impide que los menores de edad puedan casarse de manera formal o, incluso, reconocer judicial o notarialmente como una unión de hecho las relaciones en las que participe un menor de 18 años. El Código de Trabajo —Ley No. 116/14— prohíbe el trabajo infantil y establece que la capacidad para concertar contratos de trabajo se adquiere a los 17 años, pero permite, en casos excepcionales, que adolescentes de 15 a 16 años trabajen con consentimiento de sus representantes legales.

¿Cómo puede un sistema legal considerar que un niño o niña de 12 años no puede trabajar legalmente, ni casarse, ni votar, pero sí puede tener relaciones sexuales con una persona adulta? La falta de coherencia entre la normativa penal y otras leyes civiles, así como la desconexión entre discurso estatal y realidad social, refuerza una estructura jurídica que, más que proteger a la infancia, abre espacio para su vulneración legalizada.

Un marco legal que permite relaciones sexuales con niñas de 12 años no responde ni a las recomendaciones internacionales, ni a las necesidades de la población, ni a la realidad del país. La edad de consentimiento sexual debería fijarse en coherencia con el desarrollo evolutivo de las personas menores de edad y con una verdadera voluntad política de erradicar todas las formas de violencia y explotación infantil.

Hoy, esa deuda sigue pendiente en Cuba.

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