Abuso sexual en Las Tunas: La carga sobre las familias ante la inacción institucional

Según "la Fiscalía Provincial se contabilizó en 2023, 13 abusos y 18 agresiones sexuales a menores. En lo que va de este año ya han atendido 11 y 27 en esas categorías, respectivamente".

| Observatorio | 09/12/2024
Muchacha en gesto de PARA con cartel en la mano que dice No más.
Ilustración: Laura Vargas/ Alas Tensas

El pasado 22 de noviembre, el Periódico 26 publicó un artículo sobre el comportamiento de los abusos sexuales contra menores en Las Tunas. Firmado por Yuset Puig y Dayana Menzoney, llama la atención del texto los datos que ofrece. Según “la Fiscalía Provincial se contabilizó en 2023, 13 abusos y 18 agresiones sexuales. En lo que va de este año ya han atendido 11 y 27 en esas categorías, respectivamente”. 

El mismo medio oficialista afirma que estas cifras “no reflejan la magnitud real del fenómeno, marcado por el silencio de las víctimas, la vergüenza, y la negativa a denunciar". 

La carga sobre las familias y la falta de prevención institucional


En este artículo las autoridades destacan la necesidad de que los padres sean vigilantes y perceptivos:

"Hacemos un llamado a la familia a controlar a sus hijos, a estar pendientes de las personas con las que se rodean, a la actitud que adoptan ante algunos familiares, a los cambios que se generan de repente. Estos hechos pueden evitarse y es importante hacerlo porque suelen dejar marcas psicológicas muy dolorosas", afirmó Lisbet Pavón Marchán, fiscal jefa del Departamento de Procesos Penales. 

Sin embargo, la responsabilidad de prevenir el abuso sexual no puede recaer exclusivamente en las familias. 

Carlos del Risco Gamboa, jefe de Salud Mental en Las Tunas y asesor de Psicología en la Fiscalía Provincial, quien aseguró que el tema del abuso sexual no es algo menor, informó al mismo Periódico 26 que "existe una red escolar partiendo de las acciones del Grupo de Trabajo Preventivo Municipal, rectorado por la Dirección General de Educación en Las Tunas, que funciona los segundos martes de cada mes, donde se hace un levantamiento y se adoptan los acuerdos necesarios para la intervención en las escuelas donde hay un potencial de hechos que alertan sobre posible abuso sexual”. 

Ante el objeto social de esta red la ciudadanía podría hacerse varias preguntas:

  • ¿Cómo se capacita al personal docente y administrativo para identificar y actuar ante señales de abuso?
  • ¿Cómo se evalúa la eficacia de esta red y del Grupo de Trabajo Preventivo Municipal?
  • ¿Existen informes públicos que detallen los avances, obstáculos y estrategias adoptadas?
  • ¿Qué recursos se ofrecen a las víctimas identificadas, tanto en el ámbito psicológico como en el legal?
  • ¿Se garantiza la protección y confidencialidad de los menores que denuncian?
  • ¿Se están llevando a cabo campañas educativas para padres, docentes y estudiantes sobre cómo prevenir, identificar y denunciar el abuso sexual?
  • ¿Qué planes existen para extender estas iniciativas a zonas rurales, donde se reporta mayor incidencia de abuso sexual?

Sin embargo, ninguna de estas cuestiones son abordadas en dicho artículo. 

¿Qué dice el Código Penal?

El gobierno cubano recoge en el Código Penal el tema del abuso y la agresión sexual de la siguiente forma: 

Agresión sexual 

Artículo 395.1. Quien, empleando fuerza, violencia o intimidación, tenga acceso carnal con otra persona, sea por vía oral, anal o vaginal, incurre en sanción de privación de libertad de siete a quince años. 

2. En igual sanción se incurre, si el acceso con el empleo de fuerza, violencia o intimidación suficiente se realiza con dedos, objetos, cosas o animales, por vía vaginal o anal. 

3. La misma sanción se impone a quien cometa los hechos descritos en los apartados anteriores, contra una persona en estado de trastorno mental permanente o transitorio, o privada de razón o de sentido o imposibilitada de resistir por cualquier causa, aun cuando no concurran las circunstancias de la fuerza, violencia o intimidación a que se refieren. 

4. La sanción es de privación de libertad de ocho a veinte años si, además de las circunstancias concurrentes en los apartados que anteceden: 

(...)

c)  el delito es consecuencia de la violencia de género o la violencia familiar, o por motivos discriminatorios; (…)

Abusos sexuales 

Artículo 396.1. Quien, sin acceder o tener acceso carnal con otra persona por vía oral, anal o vaginal, abuse sexualmente de esta, concurriendo cualquiera de las circunstancias previstas en los apartados 1, 2 y 3 del Artículo 395 de este Código, incurre en sanción de privación de libertad de seis meses a dos años o multa de doscientas a quinientas cuotas, o ambas. 

(…) 

Aunque este tipo de delitos, como se puede leer, conllevan sanciones penales o multas, trabajar con los agresores es fundamental. Más allá de la prisión, los agresores deben recibir capacitación, formación y tratamiento psicológico que aborden las raíces machistas de su comportamiento. Este enfoque no solo busca rehabilitar a los culpables, sino también reducir los riesgos de reincidencia y proteger a otras posibles víctimas.

Por otro lado, el abuso sexual deja cicatrices profundas que no se borran con el tiempo que el agresor pase tras las rejas. Es imprescindible implementar medidas de reparación integrales para las víctimas, incluyendo acceso a atención psicológica, legal y social, así como una inmdenización dineraria que no sea simbólica. 

Lisbet Pavón Marchán, la ya citada fiscal, dijo al Periódico 26 que “en las edades comprendidas entre los 8 y 12 años suele ocurrir el mayor número de abusos sexuales, momento en el que, sobre todo las hembras, van mostrando el desarrollo de su cuerpo; aunque no hay límites para la ocurrencia de esta aberración”. 

Además afirmó que “los territorios con mayores incidencias de casos son Jobabo, Las Tunas y Puerto Padre; y asegura que en las zonas rurales es más frecuente el fenómeno, aunque en la ciudad también está presente”. 

Las personas que cometen estos delitos son hombres cercanos al circulo íntimo de las y los menores. Son tíos, abuelos, padrastros, hermanos, vecinos, "hijos sanos del patriarcado" y no "monstruos" como se alega en el artículo, denominación que solo patologiza el problema.

Aunque en un momento del artículo Carlos del Risco Gamboa, jefe de Salud Mental en Las Tunas, afirma que lo que contribuye a proteger a nuestros menores, adolescentes y jóvenes es la prevención y la observación oportuna de la familia y las instituciones". A todo lo largo del mismo la principal responsabilidad se coloca sobre las familias. 

“El abuso se sustenta en el exceso de confianza por parte de los padres con otras personas”, se puede leer entre las declaraciones de la fiscal.

El abuso sexual no es un problema que deba enfrentarse únicamente desde el ámbito privado. Es un desafío sistémico que requiere soluciones estructurales para erradicar sus causas profundas y proteger, de manera efectiva, la vida y el bienestar de los más vulnerables. Un país como Cuba en el que se criminaliza todo el trabajo de la sociedad civil solo quedan las instituciones oficiales como responsables directas para velar por las y los menores de edad.

Algunas medidas necesarias para abordar la violencia sexual

  1. Educación y prevención: Promover campañas educativas sobre consentimiento, límites y reconocimiento de señales de abuso desde edades tempranas.
  2. Reparación integral: Garantizar atención psicológica, jurídica y social para las víctimas, además de medidas para protegerlas de la revictimización.
  3. Trabajo con agresores: Implementar programas de rehabilitación psicológica y social durante y después de la condena para evitar la repetición del delito.
  4. Espacios seguros para la denuncia: Establecer mecanismos accesibles y confidenciales para que las víctimas puedan reportar casos sin temor.
  5. Fortalecimiento institucional: Incrementar la capacitación de profesionales en escuelas, hospitales y sistemas legales para la detección y manejo de casos de abuso.


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