Al régimen cubano le interesa más castigar a disidentes que proteger a mujeres y niñas

Varios casos de feminicidio y abusos sexuales muestran un patrón de desprotección a las víctimas, en contraste con las duras condenas a disidentes.

Violencia de género. Foto: Anna Shevchuk (fragmento).
Violencia de género. Foto: Anna Shevchuk (fragmento).

El Estado cubano es más de eficiente para reprimir que para proteger

El feminicidio de Jessica Castillo, ocurrido el 15 de junio en Pinar del Río, es la más reciente evidencia de que el Estado cubano es mucho más de eficiente para reprimir cualquier forma de disenso que para proteger a mujeres y niñas.

El presunto autor de ese crimen había cometido uno similar en 2011. Aquella primera víctima, Emelinda, tenía 16 años. Él tenía 17 y fue sentenciado a 20 años de prisión. Tras haber cumplido aproximadamente un tercio de su condena, recibió el beneficio de la libertad condicional.

Según el Artículo 89.1 del Código Penal cubano, “el tribunal puede disponer la libertad condicional del sancionado a privación temporal de libertad o trabajo correccional con internamiento si, apreciando sus condiciones individuales y su comportamiento durante el tiempo de reclusión, existen razones fundadas para considerar que se ha enmendado y que los fines de la sanción se han alcanzado sin necesidad de ejecutarse totalmente la misma; de conformidad con lo establecido en la ley”.

El exjuez Edel González Jiménez, jurista con 17 años de experiencia en el sistema judicial cubano y experto de Diario de Cuba, explica que cuando se va a conceder la libertad condicional al autor de un asesinato, o una violación, “el protocolo indica que los reeducadores, de conjunto con el fiscal, que son los que evalúan la procedencia de promover ante el tribunal la libertad condicional, tienen que pedirles opinión a los familiares de la víctima”.

Si, cuando el caso llega al tribunal, esa opinión no se ha solicitado, el tribunal está obligado a virar el caso y exigir que se cumpla ese paso, añade el jurista.

En el caso del asesino confeso de Emelina, ese paso se violó, según declaró un familiar de la víctima al Observatorio de Género de la revista feminista Alas Tensas (OGAT) y a la plataforma feminista Yo Sí Te Creo en Cuba, que compartieron la información con Diario de Cuba.

González Jiménez explica, además, que en Cuba, antes de excarcelar bajo libertad condicional al autor de un asesinato o una violación, no se realiza su evaluación psicológica.

“Las evaluaciones psicológicas de los acusados proceden cuando les va a agravar la situación, cuando les vas a quitar o rebajar un derecho”.

Desprotección de las víctimas de violencia de género

collage de rostros de mujeres asesinadas en cuba en 2023
Rostros de mujeres asesinadas en Cuba. Collage: Alas Tensas

La decisión de conceder la libertad condicional queda a discreción del tribunal, siempre que se demuestren los requisitos de ley. A muchos cubanos que se manifestaron contra el régimen en julio de 2021, los tribunales les han negado este beneficio de excarcelación, la rebaja de dos meses por cada año cumplido de la sanción, el traslado a centros penitenciarios de menor rigor y otros contemplados por la ley, pese al tiempo de condena que ya han extinguido.

Al revelarse el feminicidio de Emelinda, que no transcendió en 2011, se supo que su agresor había intentado asesinarla antes. Pese a que el antiguo Código Penal cubano establecía penas entre cinco y 30 años de privación de libertad por tentativa de asesinato, al responsable solo se le impuso una multa de 1.000 pesos, relató un familiar de la víctima al medio independiente Cubanos por el mundo.

El caso de esa adolescente no constituye un hecho aislado. Demuestra un patrón de desprotección o al menos negligencia del Estado cubano hacia víctimas de violencia de género frente a una impresionante eficiencia para represaliar a cualquier ciudadano que manifieste su descontento con el régimen.

Otro ejemplo claro es la sentencia de tres años de cárcel impuesta a Maikel Solano Arévalo, culpable de abuso sexual a una niña, lograda solo después de un año de los hechos y tras un juicio de apelación. Inicialmente fue condenado a tres años de trabajo correccional sin internamiento.

La nueva sanción, dictada por el Tribunal Provincial de Granma al agresor sexual, cae dentro del marco sancionador previsto en el Código Penal para el abuso sexual contra una persona menor de 12 años, que es de dos a cinco años de privación de libertad. Si Solano Arévalo no es reincidente, en un año y seis meses podría quedar en libertad condicional.

La exjueza cubana Maylin Fernández Suris, experta en asuntos de familia y violencia de género y abogada de Diario de Cuba, señaló la tardanza de la justicia en ese caso y la falta de una accesoria de prohibición de acercamiento a la menor.

Menos de un mes después de que transcendiera la sanción que recibió Solano Arévalo en primera instancia, se conoció que la Fiscalía cubana solicita nueve años de cárcel para la influencer Sulmira Martínez Pérez, de 22 años, por “delito contra el orden constitucional” y dos por “desacato”. La sanción conjunta solicitada es diez años de prisión.

Martínez Pérez hizo publicaciones en Internet, en las que criticaba al régimen y llamaba al pueblo a manifestarse. Ha estado presa desde el 10 de enero de 2023, cumpliendo prisión provisional como medida cautelar, pese a carecer de antecedentes penales.

Incoherencias en la aplicación de la ley en Cuba

La joven Mayelín Rodríguez Prado, conocida como “La Chamaca”.
La joven Mayelín Rodríguez Prado, conocida como “La Chamaca”. Foto: Justicia 11J.

En abril, 14 cubanos que participaron en las protestas antigubernamentales de Nuevitas, Camagüey, en agosto de 2022, recibieron sentencias de entre 10 y 15 años de cárcel. La más alta, una sanción conjunta de 15 años de prisión, fue para Mayelín Rodríguez Prado, por “propaganda enemiga de carácter continuado” (diez años de privación de libertad) y “sedición” (12 años de privación de libertad).

Rodríguez Prado, de 22 años, fue arrestada en su casa por publicar en sus redes sociales las imágenes de unas niñas pequeñas, que fueron agredidas físicamente por agentes policiales cuando intentaban evitar el arresto de su papá durante las protestas. Desde la detención, cumplió prisión provisional, al igual que el resto de los sancionados por las protestas.

En el mismo mes, el diario oficial Granma dedicó un extenso artículo a demostrar que la Ley del Proceso Penal, aprobada en Cuba en 2021, protege a las mujeres y víctimas de violencia de género. Destacó que la medida cautelar que se adopta en estos casos contra el presunto agresor iba dirigida a evitar la continuidad de la conducta presuntamente delictiva y proteger a la víctima.

“Entre estas medidas se destaca la prohibición de acercamiento, tanto al perjudicado como a sus familiares o personas allegadas, a los fines de evitar que el imputado establezca contacto físico o de cualquier otro tipo con aquellos”, afirmó el periódico estatal.

Sin embargo, en el caso de la menor abusada en la provincia Granma, el agresor no cumplió prisión provisional como medida cautelar, pese a la gravedad del delito y a que es vecino de la víctima, lo que dejó a esta última desprotegida, como señaló entonces González Jiménez.

La exjueza profesional Maylin Fernández Suris, especializada en asuntos de familia y violencia de género, recordó en mayo que el Gobierno de “Cuba ha enarbolado la reforma legislativa en materia de violencia de género y protección a menores que lleva a cabo con la promulgación de la Ley del Proceso Penal, el Código Penal y el Código de las Familias, precisamente ante el llamado de los organismos internacionales y para adaptarse a los parámetros internacionales”.

Las leyes cubanas son benévolas con los abusadores sexuales

Trovador cubano Fernando Bécquer. Foto Facebook / Fernando Bécquer

Sin embargo, la aplicación de las leyes cubanas sigue siendo benévola con los abusadores sexuales.

En octubre de 2022, el trovador oficialista Fernando Bécquer fue hallado culpable de ese delito, luego de que lo acusaran inicialmente cinco víctimas. La cifra llegó a 30 denunciantes. Recibió una sanción de cinco años de limitación de libertad, por lo que no entraría a prisión. Como explicó entonces Lucía Alfonso Mirabal, columnista de Diario de Cuba, en un análisis, en la práctica judicial, dicha sanción suele aplicarse a condenados muy mayores o con una discapacidad física que les impide trabajar.

Es una sanción que pudo haber recibido el preso político Félix Navarro, de 68 años y condenado a nueve de cárcel por su participación en las protestas del 11J. Se le negó la rebaja de sanción por concepto de edad.

No fue hasta enero de 2023, luego de que Bécquer hiciera publicaciones ofensivas en las redes sociales, que el Tribunal Municipal de Centro Habana revocó su sanción de limitación de libertad, enviándosele a prisión. Pero no por cinco años, sino por tres. En ese momento, las víctimas supieron que la apelación del trovador oficialista ante el Tribunal Provincial había prosperado.

En mayo, circularon en redes sociales supuestas imágenes de Bécquer trabajando en servicios comunales con mono azul. Expertos consultados por Diario de Cuba indican que esto es perfectamente posible, pues dada su condena y con una buena actitud en prisión, habría progresado dentro del sistema penitenciario y ya podría salir a trabajar.

Tomado de: Diario de Cuba.

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