El régimen cubano recurre a farmacias privadas tras años de escasez de medicamentos

El Decreto 160 permite a mipymes, empresas privadas y cooperativas gestionar servicios farmacéuticos y participar en la fabricación de medicamentos, pero no define precios, subsidios ni garantías de acceso.

| Noticias | 29/07/2026
Venta de medicamentos en una farmacia cubana. Imagen: EFE

El régimen cubano autorizó a empresas privadas, mipymes y cooperativas no agropecuarias a gestionar servicios farmacéuticos, una actividad hasta ahora excluida del sector no estatal. La decisión, recogida en el Decreto 160 de 2026, llega después de años de desabastecimiento en los que el sistema público no ha garantizado el suministro regular de medicamentos.

La medida entrará en vigor el 4 de agosto, siete días después de su publicación en la Gaceta Oficial. Su aplicación dependerá de las licencias, certificaciones y normas complementarias que deberán emitir el Ministerio de Salud Pública y otras instituciones. Aunque autoriza la gestión no estatal de servicios farmacéuticos, el decreto no establece qué medicamentos podrán comercializarse, cómo se fijarán los precios ni qué garantías existirán para quienes no puedan adquirirlos.

La autorización llega cuando el mercado informal de medicamentos ya funciona como una vía habitual de acceso ante el deterioro de las farmacias estatales. Grupos de compraventa, envíos familiares, donaciones y vendedores particulares han cubierto durante años parte de una demanda que el sistema público no logra satisfacer. Más que crear un mercado, el Estado intenta trasladar hacia estructuras autorizadas una actividad que creció al margen de la legalidad por su propia incapacidad de abastecimiento.

El Estado mantiene el control y delega parte de la gestión

El punto 64 del anexo del Decreto 160 introduce una excepción dentro de las actividades sanitarias reservadas al Estado:

“Los servicios farmacéuticos, ópticos, de cuidado y de rehabilitación son autorizables y pueden ser ejercidos por empresas privadas, micro, pequeñas y medianas empresas privadas y las cooperativas no agropecuarias”.

Los trabajadores por cuenta propia no aparecen entre los actores autorizados para prestar estos servicios. La norma tampoco permite que empresas o cooperativas ofrezcan consultas, tratamientos odontológicos u otras actividades técnicas y profesionales de atención médica. Esas prestaciones continúan reservadas al Sistema Nacional de Salud, cuya gratuidad el decreto declara preservar.

La fabricación de productos farmacéuticos también pasa a ser una actividad autorizable, sujeta al permiso del Ministerio de Salud Pública y de la autoridad reguladora. Los actores no estatales podrán participar mediante asociaciones y encadenamientos con la industria estatal. El Gobierno conserva así la capacidad de aprobar los proyectos, establecer sus condiciones y controlar su relación con el sector biofarmacéutico estatal.

Según las orientaciones oficiales sobre la implementación de la medida, el Ministerio de Salud Pública deberá habilitar los locales antes de que reciban la licencia operativa. Los establecimientos solo podrán ofrecer medicamentos con registro sanitario y autorización de comercialización.

El desabastecimiento estatal consolidó el mercado informal

La participación privada llega después de un deterioro sostenido del abastecimiento farmacéutico estatal. Al cierre de 2024, las autoridades reconocieron que el 70 % de los 651 productos del cuadro básico estaba en falta o tenía baja cobertura. En septiembre de 2025, el Ministerio de Salud Pública admitió que el 69 % seguía afectado, apenas un punto porcentual menos, lo que evidenciaba la persistencia de la crisis.

La falta de medicamentos subsidiados convirtió el mercado informal en una vía frecuente para conseguir tratamientos. En él se ofrecen productos importados por viajeros, enviados por familiares, desviados de la red estatal o intercambiados por personas que conservan excedentes. Las operaciones suelen realizarse sin recetas, controles sobre el almacenamiento ni garantías verificables acerca de la procedencia y autenticidad de los fármacos.

En marzo de 2026, Naciones Unidas advirtió que el sistema sanitario cubano se acercaba a un punto crítico debido a los apagones frecuentes, la falta de medicamentos esenciales y las interrupciones de múltiples servicios de salud.

El Decreto 160 no legaliza a quienes revenden medicamentos en las calles o mediante redes sociales. Sin embargo, permite que empresas y cooperativas entren en un espacio económico creado por el desabastecimiento estatal. La apertura podría mejorar la trazabilidad y los controles sanitarios, pero también desplazar hacia negocios privados parte de una obligación pública: garantizar medicamentos disponibles, seguros y económicamente accesibles como componente del derecho a la salud.

Anticonceptivos: el derecho a decidir condicionado por los ingresos

La escasez de anticonceptivos muestra las consecuencias diferenciadas de la crisis farmacéutica sobre las mujeres. Estos medicamentos forman parte de los derechos sexuales y reproductivos porque permiten decidir si se desea tener hijos, cuándo y en qué condiciones. Su ausencia no representa únicamente una dificultad de abastecimiento: limita la autonomía sobre el propio cuerpo y el proyecto de vida.

En 2025, Periodismo de Barrio documentó que las tabletas Etinor, fabricadas en Cuba y destinadas a la venta mediante receta médica, habían desaparecido de las farmacias estatales. En Revolico, cada blíster se ofrecía por entre 700 y 900 pesos cubanos, por lo que seis meses de tratamiento podían costar entre 4.200 y 5.400 pesos, sin contar consultas, transporte u otros gastos.

Ancianos esperan para comprar medicamentos en una farmacia de Santiago de Cuba.
Ancianos esperan para comprar medicamentos en una farmacia de Santiago de Cuba.

La comercialización informal se produce fuera de los mecanismos habituales de prescripción y seguimiento profesional. Los anticonceptivos hormonales pueden presentar contraindicaciones, interacciones con otros medicamentos y efectos adversos. Cuando se venden sin evaluación clínica ni garantías sobre su procedencia y conservación, el desabastecimiento estatal no solo encarece el acceso, sino que expone a las usuarias a riesgos sanitarios evitables.

La última gran encuesta nacional publicada sobre anticoncepción recopiló sus datos en 2019, antes del agravamiento de la crisis. Según la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2019 (MICS, por sus siglas en inglés), el 21,1 % de las adolescentes de 15 a 19 años casadas o en unión tenía necesidades insatisfechas de planificación familiar.

Una farmacia no estatal podría ofrecer anticonceptivos con mayores controles que un vendedor informal. Sin embargo, la presencia del producto en un mostrador no garantiza su accesibilidad económica. El precio, los ingresos, las remesas y el lugar de residencia continuarán determinando quién puede mantener un tratamiento. En un país atravesado por la inflación y el empobrecimiento, la reforma podría formalizar una desigualdad que ya existe en el mercado clandestino.

La escasez también aumenta las cargas de cuidado de las mujeres

En Cuba, las mujeres continúan asumiendo una parte mayoritaria del trabajo de cuidados: buscan medicamentos para personas mayores, acompañan tratamientos, recorren farmacias, revisan grupos digitales y gestionan envíos desde el extranjero.

Cuando la red estatal no suministra un medicamento, el costo del desabastecimiento se traslada a los hogares. La búsqueda exige tiempo, transporte, contactos, negociaciones informales y decisiones sobre qué tratamiento puede comprarse o interrumpirse. Esta dinámica incrementa unas cargas de cuidado que ya están distribuidas de manera desigual entre mujeres y hombres.

El Decreto 160 podría ampliar la oferta y reducir algunos riesgos de la compraventa clandestina. Sin embargo, la norma no establece por sí sola subsidios ni mecanismos que garanticen precios accesibles para las personas de bajos ingresos. Sin esas protecciones, la reforma puede consolidar una salud a dos velocidades: una red estatal desabastecida para quienes dependen de salarios y pensiones, y otra con mayor disponibilidad para quienes reciben remesas o pueden pagar precios de mercado.

Después de años de excluir al sector privado de los servicios farmacéuticos, el régimen cubano recurre a los actores no estatales para responder a una crisis que sus propias instituciones no han podido contener. La entrada de nuevos proveedores podrá aumentar la disponibilidad, pero no resolverá el problema si el acceso continúa dependiendo de los ingresos, las remesas o las redes familiares. Para las mujeres, especialmente aquellas que necesitan anticonceptivos o sostienen el cuidado de otras personas, la reforma solo representará un avance si garantiza medicamentos seguros, continuos y económicamente accesibles.

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