El feminicidio no fue incluido en el Nuevo Código Penal en Cuba
Países avanzados en materia de derechos tipifican y diversifican por su naturaleza los feminicidios, mientras Cuba mantiene una posición retrógrada sobre el tema.
Este 15 de mayo la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) aprobó el nuevo Código Penal que regirá a los cubanos, bajo la tónica de una mayor represión de las libertades fundamentales y el claro propósito de eliminar la opinión disidente. Luego de una gris consulta popular, la ANPP pasó a debatir la aprobación de la ley que sustituye a la de 1987 y, como antes, quedó fuera una vez más el tema de los feminicidios como delito tipificado.
El que fuera el aspecto más debatido en la reunión, fue esbozado primero de forma algo tímida por la legisladora Doraine Linares Jiménez, quien propuso prever un tratamiento de oficio para enfrentar la discriminación en todas sus manifestaciones, la violencia de género y familiar.
Poco más tarde, ante la presencia en la sala de Miguel Díaz-Canel y Raúl Castro, la hija de este último y directora del CENESEX (Centro Nacional de Educación Sexual), solicitó estampar el término "femicidio" en el nuevo Código, "como una propuesta superior por transversalizar el tema de la violencia de género".
Para ello, la diputada aludió al capítulo dos del título XII del entonces proyecto de ley, sobre el apartado "Asesinato", único que acoge el sintagma "discriminación de género". El artículo en cuestión dice así:
"Artículo 344. Se sanciona con privación de libertad de veinte a treinta años, privación perpetua de libertad o muerte a quien mate a otra persona concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes:
(...)
d) cometer el delito por motivo de discriminación de género;
(...)".
Mariela pidió esclarecer este inciso tipificando explícitamente el término femicidio, si bien el movimiento feminista oficialista distingue entre el feminicidio y femicidio con respecto a la complicidad o no del estado y el poder judicial. La exposición se basó en 18 normas de América Latina que han reconocido los términos predichos, como en el caso de Venezuela, Nicaragua u Honduras.
Asimismo, la diputada pidió insertar el delito de feminicidio en la configuración del artículo siguiente, el 345:
"Artículo 345. 1. Incurre en las mismas sanciones previstas en el artículo anterior, aunque no concurra en el hecho alguna circunstancia de cualificación prevista en aquel, quien:
a) de propósito, mate a un ascendiente o descendiente, o a la persona con la que mantiene o ha mantenido una relación conyugal o de pareja de hecho afectiva;
b) dé muerte a una mujer como consecuencia de la violencia de género;
c) se ejecute por odio contra la víctima por motivo de su raza, religión, género, identidad de género u orientación sexual".
"De lo contrario", aseguró Mariela, "se afectaría el registro y seguimiento de los casos que tributan al diseño de programas para su atención y prevención".
La respuesta del presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, no se hizo esperar, dejando claro que el nuevo código es continuidad —para decirlo con las palabras del régimen—, del anterior, pues "busca mantener la tradición". “No está la nomenclatura femicidio o feminicidio porque habría que establecer en el asesinato nomenclaturas distintas, como infanticidio, por ejemplo”, precisó el jurista, quien se hizo famoso tras sus declaraciones contradictorias a la prensa internacional sobre las sanciones a los manifestantes del 11 de julio de 2021.
La diputada Mayda Goite, presidenta de la Sociedad Cubana de Ciencias Penales de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, tomó la palabra para elogiar la nueva ley y su proceso de formulación. Pero la mayor oposición a la propuesta de incluir al feminicidio dentro del Código vino de la diputada por Las Tunas, Teresa Amarelle, secretaria general de la FMC.
Para Amarelle, "aunque no está definido el término femicidio, no hay vacíos en el código en cuanto a la violencia de género". “Este código incrementa la sanción cuando se trata de las parejas de las mujeres, incorpora que si no hay denuncia, hay que proceder en la acusación a la persona que cometió el delito contra las mujeres”, dijo quien por años negó la ocurrencia de feminicidios en la Isla y en sus apariciones en público insiste en que "se está trabajando...", "se está elaborando una comisión...", "se está estudiando la metodología...", pero elude siempre las acciones concretas para erradicar el problema o la necesidad de una ley integral contra la violencia de género.
Mariela, agregó sobre la importancia de incluir el término feminicidio en la ley, que es un tema complejo que “no se va a solucionar en poco tiempo”. Por último, la propuesta fue sometida a votación, pero la mayoría coincidió en mantener la forma en que el Código Penal aborda el tema.
El debate trascendió enseguida a los medios y a la comunidad defensora de los derechos de género, que esperaban una apertura mínima del régimen al problema que solo en 2022, según los observatorios de Alas Tensas (OGAT) y Yo Sí Te Creo en Cuba, suma 11 feminicidios.
"La mayoría de los diputados votan en contra en algo que muestra (otra) punta del iceberg, y es el lugar real que tenemos las mujeres y disidencias en las políticas del país: subordinado. Opacidad institucional en el caso Bécquer que ha sido un escándalo público, opacidad que genera impunidad; una mujer desaparecida hace más de 40 días (claro que no es la única pero se ha mediatizado) y ni una mínima respuesta institucional visible, al contrario, un hermano reclamando cada tanto con una desesperación a flor de piel como es de esperar. Y un activismo y una militancia feminista periestatal a veces desoída y desechable y tantas otras criminalizables. Ese es el lugar. ¿Hasta cuándo?", expresó en Facebook la periodista feminista Alina Herrera Fuentes.
Mientras países avanzados en materia de derechos, como España, no sólo tipifican sino que diversifican por su naturaleza los feminicidios, Cuba se mantiene en una posición retrógrada sobre el tema. La propia Herrera Fuentes analizó a fondo el asunto en un artículo de OnCuba News:
"Un ejemplo de lo contraproducente de no contar con definiciones y categorías claras e inequívocas es la incongruencia entre el uso de tasa de femicidios en el país (0,99 por cada 100 mil mujeres de 15 años y más) dada en el informe voluntario que presentara Cuba ante la CEPAL en el 2019, y tasa de mortalidad femenina por agresiones (1,9 por cada 100 mil mujeres) dada en el informe voluntario ante la misma organización pero del año 2021. Con estas inconsistencias ¿cómo se puede medir la evolución de este fenómeno? Sin adecuadas titulaciones, denominaciones y categorizaciones ¿cómo se puede registrar el comportamiento del delito y cómo trazar estrategias para su disminución?".
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